Sólo las personas con tarjetas verdes, ciudadanía estadounidense o ciertos tipos de visas de trabajo pueden aceptar empleo en los Estados Unidos sin obtener primero un EAD (permiso de trabajo); y sólo unas pocas categorías de personas calificarán para un permiso de trabajo.
Los extranjeros que viven en los Estados Unidos no pueden trabajar a menos que hayan recibido un permiso explícito con arreglo a las condiciones de su visado u otra condición, o que hayan calificado, permisos para trabajar en USA que haya solicitado y recibido un permiso de trabajo por separado.
Un permiso de trabajo es una tarjeta de identidad con foto emitida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). También se denomina Documento de Autorización de Empleo o EAD.
El EAD se parece mucho a una licencia de conducir. Sus titulares pueden mostrarla a los empleadores para demostrar su derecho a trabajar. Todos los empleadores de EE.UU. deben, al contratar a un nuevo empleado, solicitar una prueba de su estado migratorio o de su derecho al trabajo - los empleadores que violen esta regla pueden ser sancionados.
¿Qué no ciudadanos no necesitan solicitar un permiso de trabajo por separado?
Todos los titulares de tarjetas de residencia (residentes legales permanentes o condicionales) tienen automáticamente permiso para trabajar en los Estados Unidos. Simplemente necesitan mostrar su tarjeta verde a los empleadores.
Los inmigrantes que se convierten en ciudadanos estadounidenses pueden, por supuesto, trabajar, y podrán mostrar su pasaporte estadounidense o certificado de naturalización a los empleadores.
Los extranjeros que han obtenido visas de trabajo que han sido patrocinadas por empleadores estadounidenses también son elegibles para trabajar en los Estados Unidos. Por ejemplo, esas visas incluyen una H-1B (para trabajadores especializados), una visa L-1 (para transferidos dentro de la empresa), una visa E-3 (sólo para australianos) y una visa E para comerciantes o inversionistas por tratado (para empleados de empresas registradas como comerciantes o inversionistas por tratado en los Estados Unidos).
Quién puede solicitar un permiso de trabajo
Hay numerosas clases de otras personas que pueden (y deben, si desean aceptar un empleo) solicitar un "permiso de trabajo" especial al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Deben presentar su solicitud antes de empezar a trabajar.
Las categorías incluyen cosas como los titulares de visas de prometidos K-1, asilados, personas con una solicitud pendiente de ajuste de estatus (una tarjeta verde), cónyuges de varios titulares de visas, personas con Estatus de Protección Temporal (TPS) o Salida Forzada Diferida (DED), estudiantes F-1 que experimentan dificultades económicas o que buscan entrenamiento práctico opcional (OPT), y así sucesivamente.
Las categorías son demasiadas para enumerarlas aquí - puede encontrar una lista completa de ellas en las instrucciones que acompañan al formulario I-765 del USCIS (el formulario de solicitud de permiso de trabajo).
Note, sin embargo, que no hay una categoría para turistas (titulares de visas B-1) o inmigrantes indocumentados. El USCIS no concederá a estas personas permiso para trabajar en los Estados Unidos, y de hecho para que lo hagan (o para que los empleadores los contraten) es ilegal.
Cómo solicitar al USCIS un permiso de trabajo
Para solicitar un EAD, deberá rellenar el formulario I-765 del USCIS, adjuntar documentación que demuestre que está en una categoría de personas a las que se les permite solicitar permisos de trabajo, y adjuntar fotos y la tasa correspondiente. (Lea las instrucciones cuidadosamente: Algunas categorías de solicitantes no están obligadas a pagar una cuota).
Tendrá que presentar la solicitud al USCIS por correo. Espere varias semanas para recibir una respuesta. Vea Cómo solicitar un Permiso de Trabajo de los Estados Unidos (EAD) para más información sobre el proceso.
Cómo obtener ayuda legal
Si tiene alguna pregunta sobre si tiene derecho a un permiso de trabajo, o si quiere ayuda con el proceso de solicitud, consulte a un abogado de inmigración.